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¿CUANDO HAY QUE RESERVAR LA
FECHA? |
28 días
corridos antes del día que quieran realizar la ceremonia por
civil. |
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¿QUIEN
PUEDE SOLICITAR EL TURNO? |
Uno o
ambos contrayentes. |
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¿CUANTO SALE EL TRAMITE DEL MATRIMONIO POR CIVIL? |
• Libreta
Matrimonial: $ 20.-
• Costo por cada testigo innecesario:$ 15.- |
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¿QUE REGISTRO CIVIL LES CORRESPONDE? |
En el
Registro Civil del CGP que corresponde al domicilio de uno de
los contrayentes, acreditado fehacientemente, es decir, el
registro correspondiente al domicilio que figura en el DNI de
cualquiera de los dos contrayentes.
Haciendo
click aquí
accedé al Listado de Registros Civiles de Capital Federal y
todas las provincias de Buenos Aires. |
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DOCUMENTACION NECESARIA |
Si son
Solteros y Mayores de Edad: Deben concurrir con los documentos
de ambos
Diez días antes de la celebración tienen que retirar del
registro civil correspondiente la
solicitud para matrimonio y los formularios de Prenupciales.
Otros casos:
• Con matrimonio y divorcio vincular en Argentina: Partida de
matrimonio original con la correspondiente inscripción marginal
del divorcio vincular.
• Con matrimonio en el extranjero y divorcio vincular en
Argentina: Partida de matrimonio inscripta en nuestro país con
la correspondiente inscripción del divorcio vincular o la
partida extranjera con la correspondiente inscripción del
divorcio, debidamente legalizado y traducido.
• Con matrimonio celebrado en Argentina y divorcio en el
extranjero: Partida de matrimonio argentina con la
correspondiente inscripción marginal del divorcio extranjero
ordenada por Juez Nacional.
• Con matrimonio y divorcio en el extranjero: Autorización
mediante Disposición concedida por la Dirección General del
Registro Civil.
• Contrayente viudo o viuda: Partida de matrimonio anterior y
partida de defunción del cónyuge.
• Menores: Los Varones de 18 á 20 y mujeres de 16 a 20 años
deben presentar la Partida de nacimiento y documentos de los
padres, quienes además deberán otorgar su autorización en el
acto de celebración del matrimonio. (partida de defunción, si
alguno de ellos fuese fallecido). En el caso que sean de edades
inferiores a las citadas anteriormente, además de lo mencionado
deben acreditar el testimonio de la dispensa por edad otorgada
por juez competente. En el caso en que un padre este presente y
el otro ausente deben llevar el Documento del padre presente y
autorización del ausente otorgada ante autoridad competente
debidamente legalizada. |
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TESTIGOS |
•
Necesarios: Dos (2) mayores de 21 años, con domicilio real o
denunciado en la Capital Federal. (Sin cargo).
• Innecesarios: Hasta cuatro (4) adicionales, sin necesidad de
acreditar domicilio en Capital Federal (abona $15 cada uno).
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ANALISIS PRENUPCIALES |
Se
realizan siete (7) días corridos antes de la fecha de
celebración en un Hospital Municipal del G.C.B.A.
De hacerse en otra jurisdicción, deberán ser legalizados por la
autoridad sanitaria del lugar. |
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MATRIMONIO A DOMICILIO |
• Por
imposibilidad física: cuando uno o ambos contrayentes se
encuentren físicamente imposibilitado de concurrir al Registro
Civil, por causa de enfermedad el matrimonio podrá celebrarse en
el domicilio del impedido, ante 4 testigos, con los certificados
prenupciales, y se acreditará la imposibilidad de ambular
mediante certificado médico.
• Con contrayente en peligro de muerte: idem que en el caso
anterior con
la salvedad de que el certificado médico deberá consignar que el
contrayente se encuentra en peligro inminente de muerte, en
estado de lucidez, es decir en pleno uso de sus facultades
mentales y se prescindirá de los exámenes prenupciales. |
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CEREMONIA DE ENTREGA DE LIBRETA A
DOMICILIO |
• Valor
del trámite (lunes a viernes): $ 200.-
• Valor del trámite (sábados, domingos y feriados): $ 300.-
• Lugar y horario: Uruguay 753 - 1° Piso de 9:30 a 14:30 horas.
• Días y horarios en que se puede efectuar la ceremonia: Días
hábiles de 18 a 22 horas. Días inhábiles de 10 a 22 horas.
• Requisitos: Debe presentarse con la solicitud de matrimonio
previamente otorgada por la Delegación del Registro Civil del
CGP que corresponda al domicilio del/los contrayentes.
A efectos de abonar y suscribir el formulario arancelado debe
dirigirse a Uruguay 753, 1º Piso. |
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MATRIMONIO A DISTANCIA |
Con
celebración en la Capital Federal: cuando uno de los
contrayentes se encuentre distante y por alguna circunstancia no
pueda concurrir al acto del matrimonio, deberá otorgar su
consentimiento ante la autoridad facultada para celebrar
matrimonios en el lugar donde se encuentra, de conformidad con
lo establecido en la Convención de Nueva York y en los Arts.
172, 173 y 174 del C.C.
En
www.buenosaires.gov.ar
pueden encontrar más información.
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